jueves, 26 de junio de 2025

Tendencias político criminales y problemas de aplicación práctica del Código Penal tras 30 años de vigencia. Participación vinculada al proyecto de investigación

La segunda sesión de la tarde continúa con la exposición del proyecto de investigación “Identidades colectivas y justicia penal: un enfoque multidisciplinar".

Comienza el Doctor en Derecho y profesor de Derecho Penal de la UNED, Sergio Cámara Arroyo hablando de "La criminalización de los deepfake y las fakenews: los nuevos tipos penales proyectados por el Anteproyecto de Ley Orgánica para la protección de las personas menores de edad en los entornos digitales".



No hay un consenso sobre las "deepfake" aunque Cámara lo define como "imágenes, vídeos o audios ficticios hiperrealistas generadas por inteligencia artificial o creándola desde 0 en internet". Pueden ser inocuos, como simples bromas o ajenos al ámbito penal. Pero pueden ser punibles, como el caso Almendralejo en el que unos chicos desnudaron integralmente con un programa a sus compañeras y distribuyeron las imágenes por internet incluso cobrando, "lo que sería delito sexual, además con el agravante de que las chicas eran también menores de edad. Han sido condenados por un delito contra la integridad moral y pornografía infantil virtual".

Con las "fakenews" ocurre algo parecido. Se han comenzado a ver campañas de desinformación a traveé de bulos en las redes sociales fomentando noticias falsas contra determinados candidatos aprovechando la IA en la que un candidato sale diciendo algo que nunca dijo. "Hay que diferenciar el concepto de "fakenew" con una simple broma o chanza. Una campaña de desinformación es diferente cuando se realiza de manera continua. con cronicidad y viralidad en las redes sociales. En este caso, no hay estudios en firme sobre las causas o consecuencias de estas campañas de desinformación".

En cuanto a la inteligencia artificial, existe un reglamento de la Unión Europea respecto a su uso, estableciendo diferentes rangos de riegos: nulos para videojuegos o filtros de spam; limitado  para chatbot o inteligencia artificial generativa obligando a tomar medidas de transparencia a los programadores; alto para el uso en diagnóstico de enfermedades o conducción autónoma, por ejemplo;  y riesgo inaceptable en la manipulación cognitiva o conductual, aunque la UE no lo prohíbe del todo.

Respecto a la tipificación de los delitos emanados por el uso de esas tecnologías, actualmente está en tramitación parlamentaria la propuesta de ley que incluye las deepfakes como delito de injurias, como difusión en un medio de comunicación. Se reintroduce el "animus injuriandi" (con ánimo de injuriar) y  se incluye también en los delitos electorales las "fakenews" "protegiendo el buen funcionamiento del sistema electoral y el delito difundir de manera maliciosa o sin autorización la imagen o el audio de la persona candidata solo durante la campaña electoral".

En la tipificación orgánica protegería la integridad moral de las personas sería un delito común, no incluye elemento lesivo, menoscabo de humillación, a través de sistemas informatizados, algoritmos, IA, etc. y la pena sería mayor al de trato degradante, añadiendo la prohibición de acceso a las redes sociales, como si fueran un espacio físico. "¿Pero esto cómo se puede controlar? ¿Es necesario nuevo si ya existe? De hecho ya han condenas por esto". se pregunta y contesta el ponente.

"Intentanr tipificar fakenews, bulos o noticias falsas es como criminalizar la mentira, Sería prácticamente imposible" para Cámara, quien añade que "La Constitución dice que tengo derecho a recibir noticias veraces pero no a no recibir noticias falsas"

"¿Es estrictamente necesario incluir deepfakes y fakesbews como nuevas figuras del Código Penal? Creo que ya hay protección. Yo, particularmente no lo veo", concluye.

Juventud y extranjería penal: de menores protegidos a delincuentes expulsables


Por su parte, Laura Delgado Carrillo, Doctora en Derecho y Profesora de Derecho Penal de la UNED, ha seguido con la ponencia "Juventud y extranjería penal: de menores protegidos a delincuentes expulsables" fruto de su experiencia en las visitas al módulo de la Prisión de Alcalá-Meco con jóvenes de 18 a 21 años y su investigación para la Universidad de Castilla-La Mancha.


La noticia que la hace reaccionar afirma que "Los extranjeros superan a los españoles entre los menores de 22 años" publicada en 2024. Los datos de la noticia son ciertos pero intenta analizarlos. Hay comunidades donde la población general extranjera menor de 22 años es mayor que la española. "La noticia nos lleva a la criminalización y deshumanización de los Menas (menores extranjeros no acompañados), discursos de extrema derecha y que van calando por recurrentes", en su opinión.

La ponente contrasta los datos expuestos en la noticia con los del Ministerio del Interior de población reclusa en los últimos cinco años y la primera conclusión es que la situación no cambia en ese lustro, lo que descarta la sensación de alarma. Sólo el 7.75% de los presos tienen menos de 25 años y el 80% son mayores de 31 años, por lo que el tema de los menores es residual. "No hay una sobrecriminalidad de ese grupo de edad". Por nacionalidad, comparando 2023 y 2009, en ambos casos los extranjeros representan alrededor del 30% "por lo que no han aumentado, ni vamos para arriba, ni vamos para abajo".

"Cuando los menas cumple los 18 años, salen con una mano delante y otra detrás, y, mayormente, acaban cometiendo delitos contra la propiedad y pueden terminar en la cárcel". "A mi modo de ver, no tiene sentido expulsar a una persona con la que se han invertido recursos, simplemente trasladándolo a otro sitio cuando el delito es mayor de un año, o cuando se le enjuicia por delitos penados con más de seis años pero sin sentencia". "No tengo respuestas ni soluciones: sólo tengo dudas", finaliza Laura Delgado

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