Ha comenzado su alocución retrotrayéndose a las "Brigadas Rojas" italianas, con capacidad de secuestrar a un primer ministro, al IRA irlandés en Gran Bretaña, "y en España teníamos a ETA con mil asesinatos, el GRAPO y "Terra Iure". "Es decir, estábamos en e grupo de países, lamentablemente, con grupos terroristas que obligaban a plantear una respuesta legal a estas situación". "Por ejemplo, Estados Unidos, con el ejército más poderoso del mundo, no estaba preparado para el atentado de las Torres Gemelas, mientras que aquí, tres días después del 11-M, la Policía ya había descubierto a los autores".
En el código franquista de 1973, los delitos terroristas se incluían en tres artículos de "delitos contra la seguridad interior del Estado", incluyendo la tenencia de armas y explosivos. Con la llegada de la democracia, tras los Pactos de la Moncloa, "se derogan esos artículos, con lo que no hay delitos de terrorismo a pesar de que hay una actividad terrorista durísima".
En 1984 -recuerda- regula la actividad terrorista con una legislación especial estableciéndolo como "actos de violencia dirigidos a subvertir el orden constitucional, desestabilizar gravemente las instituciones o coaccionar a los poderes públicos, a menudo con fines políticos", "incluyendo la pertenencia a banda armada".
González distingue entre los dos tipos de terrorismo que ha sufrido nuestro país y cómo han sido abordados por el Código Penal: "En el caso de ETA, el Estado se enfrenta a una organización muy jerarquizada en la que los comandos no pueden actuar si la orden no viene de arriba. En este sentido, la Policía desarticula la cabeza de la ETA, que cada vez esta formada por gente más joven y menos formada desde Francia. Por otra parte, existe el entramado político-institucional -la llamada Mesa Nacional- que apoya la actividad de ETA",
Por otro lado está el terrorismo yihadista, con individuos en teoría, desorganizados entre sí, "los llamados "lobos solitarios". Tras el atentado del 11-S en 2001, "se adopta un cambio de la legislación penal que se centra en comisión de acciones de violencia contra el Estado, contra los organizamos internacionales o intentar atemorizar a la población, transposiciones a su vez de normativas de la ONU y la Unión Europea". También es delito el "adoctrinamiento", incluido el "autoadoctrinamiento a través, por ejemplo, de las redes sociales o alguien que viaja a Siria y vuelve a seguir la guerra".
También ha abordado otras figuras recogidas en el Código Penal como el delito de financiación del terrorismo, "una forma específica de colaboración, que incluye la no comunicación a las autoridades como actividades negligentes", el enaltecimiento del terrorismo y la humillación a las víctimas.
En opinión de Vicente González, en nuestro país, "estos preceptos son respuestas judiciales contra ese tipo de criminalidad" pero para el fiscal, "el Estado no sucumbirá a este tipo de delitos, que ningún terrorista crea que va a llegar al empate técnico haciendo sufrir a la población".
El coordinador del curso, Miguel Marcos, ha añadido que "España ha terminado con un problema grave de terrorismo siempre con la ley en la mano y de una forma democrática" frente a otros países que no lo han resuelto de esta manera, recordando la cárcel de Guantánamo en el caso de Estados Unidos.
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